Resolución sobre Hepatitis Virales en la 63° Asamblea Mundial de la Salud

23 julio 2011 | Día Mundial de la Hepatitis, Herramientas

La 63.ª Asamblea Mundial de la Salud,
Habiendo examinado el informe sobre hepatitis virales;1

Teniendo en cuenta que alrededor de 2000 millones de personas se han infectado con el virus de la hepatitis B y que unos 350 millones de personas padecen la forma crónica de la enfermedad;

Considerando que la hepatitis C no es aún prevenible mediante vacunación y que en aproximadamente el 80% de los casos esa infección se vuelve crónica;

Considerando la gravedad de las hepatitis virales como un problema de salud pública mundial y la necesidad de sensibilizar a los gobiernos, a todas las partes y a las poblaciones para que adopten medidas
de promoción de la salud, y de prevención, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad;

Expresando su preocupación por la falta de progresos en materia de prevención y control de las hepatitis virales en los países en desarrollo, especialmente en el África subsahariana, debido a la falta de acceso a tratamientos y atención asequibles y apropiados, así como de un enfoque integrado de la prevención y las medidas de control de la enfermedad;

Considerando la necesidad de abordar con una perspectiva global todas las formas de hepatitis viral, prestando especial atención a las hepatitis virales B y C, que son las que conllevan mayores tasas de morbilidad;

Recordando que una de las vías de transmisión de los virus de las hepatitis B y C es la parenteral y que la Asamblea de la Salud, en su resolución WHA28.72 sobre la utilización y el suministro de sangre y productos sanguíneos humanos recomendó el establecimiento de servicios públicos nacionales de donación de sangre, y en la resolución WHA58.13 acordó instituir el Día Mundial del Donante de Sangre, y que en ambas resoluciones la Asamblea de la Salud reconoció la necesidad de que las personas que reciben nsangre tengan acceso a sangre segura;

Reafirmando la resolución WHA45.17 sobre inmunización y calidad de las vacunas, que insta a los Estados Miembros a incluir las vacunas contra la hepatitis B en los programas nacionales de inmunización;

Considerando la necesidad de reducir las tasas de mortalidad por cáncer hepático, y el hecho de que las hepatitis virales causan el 78% de los casos de cáncer hepático primario;

Considerando los vínculos de colaboración existentes entre las medidas de prevención y control de las hepatitis virales y las de enfermedades infecciosas como el VIH y otras enfermedades de transmisión
sexual o sanguínea;

Reconociendo la necesidad de reducir la incidencia para prevenir y controlar las hepatitis virales, de facilitar el acceso a un diagnóstico correcto y de poner en marcha programas de tratamiento en todas las
regiones;

Reconociendo asimismo la necesidad de universalizar las prácticas de inyección seguras que promueve la Red Mundial OMS en pro de la Seguridad de las Inyecciones (SIGN),

1. RESUELVE que el 28 de julio, o la fecha que cada Estado Miembro decida, sea designado Día Mundial contra la Hepatitis, como oportunidad para educar al respecto y lograr que se comprenda mejor
el problema de salud pública mundial que suponen las hepatitis virales, así como para estimular el fortalecimiento de las medidas preventivas y de control de esas enfermedades en los Estados Miembros;

2. INSTA a los Estados Miembros:

1) a que implementen sistemas de vigilancia epidemiológica o mejoren los existentes y refuercen la capacidad de laboratorio, cuando proceda, a fin de obtener información fiable para orientar las medidas de prevención y control;

2) a que apoyen o posibiliten sistemas integrados y costoeficaces de prevención, control y tratamiento de las hepatitis virales, teniendo en cuenta su relación con coinfecciones asociadas como el VIH, mediante la colaboración multisectorial entre las instituciones sanitarias y educativas, organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil, incluidas medidas para reforzar la seguridad y calidad y la regulación de los productos sanguíneos;

3) a que incorporen en su contexto específico las políticas, estrategias e instrumentos recomendados por la OMS con el fin de definir y aplicar medidas preventivas y diagnósticas y brindar asistencia
a la población afectada por las hepatitis virales, y en particular a las poblaciones migrantes y vulnerables;

4) a que fortalezcan los sistemas nacionales de salud para abordar eficazmente la prevención y el control de las hepatitis virales mediante medidas de promoción de la salud y vigilancia nacional, incluidos instrumentos para la prevención, el diagnóstico, y el tratamiento de las hepatitis virales, la vacunación, la información, la comunicación y la seguridad de las inyecciones;

5) a que ofrezcan estrategias de vacunación, medidas de control de las infecciones y medios para garantizar la seguridad de las inyecciones para los profesionales de la salud;

6) a que usen recursos nacionales e internacionales, ya sea humanos o económicos, para respaldar el fortalecimiento de los sistemas de salud a fin de ofrecer a las poblaciones locales las intervenciones
más costoeficaces y asequibles adaptadas a la situación epidemiológica local;

7) a que consideren, según sea necesario, mecanismos legislativos nacionales para el uso de las flexibilidades mencionadas en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual
relacionados con el Comercio con el fin de fomentar el acceso a productos farmacéuticos específicos;

8) a que consideren, si es necesario, la posibilidad de usar todos los medios administrativos y legales al alcance para promover el acceso a tecnologías de prevención, diagnóstico y tratamiento de
las hepatitis virales;

9) a que desarrollen y pongan en marcha instrumentos de vigilancia y evaluación con el fin de evaluar los progresos hacia la reducción de la carga de las hepatitis virales y de orientar estrategias basadas en datos probatorios para las decisiones de política relacionadas con las actividades preventivas, diagnósticas y terapéuticas;

10) a que promuevan la celebración del Día Mundial contra la Hepatitis el 28 de julio de cada año, o en la fecha en que cada Estado Miembro decida;

11) a que fomenten la completa seguridad de las inyecciones en todos los niveles de los sistemas nacionales de salud;

3. PIDE a la Directora General:

1) que, en colaboración con los Estados Miembros, establezca las directrices, estrategias, objetivos sujetos a plazos e instrumentos para la vigilancia, la prevención y el control de las hepatitis virales;

2) que brinde el apoyo necesario para el desarrollo de la investigación científica relacionada con la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de las hepatitis virales;

3) que mejore la evaluación del impacto económico mundial y regional y estime la carga de las hepatitis virales;

4) que apoye, cuando corresponda, a los Estados Miembros con recursos limitados en la realización de actividades para conmemorar el Día Mundial contra la Hepatitis;

5) que invite a las organizaciones internacionales, a las instituciones financieras y a otros asociados a apoyar y a asignar de forma equitativa, eficiente e idónea recursos para el fortalecimiento de los sistemas de vigilancia, los programas de prevención y control, la capacidad diagnóstica y de laboratorio, y el tratamiento de las hepatitis virales en los países en desarrollo;

6) que refuerce la Red Mundial OMS en pro de la Seguridad de las Inyecciones;

El Consejo General de la OMC, en su decisión de 30 de agosto de 2003 sobre la Aplicación del párrafo 6 de la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública decidió que «por «producto farmacéutico» se entiende cualquier producto patentado, o producto manufacturado mediante un proceso patentado, del sector farmacéutico necesario para hacer frente a los problemas de salud pública reconocidos en el párrafo 1 de la Declaración. Queda entendido que estarían incluidos los ingredientes activos necesarios para su fabricación y los equipos de diagnóstico necesarios para su utilización».

7) que colabore con otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, asociados, organizaciones internacionales y otros interesados pertinentes para potenciar el acceso a tratamientos asequibles
en los países en desarrollo;

8) que informe a la 65.ª Asamblea Mundial de la Salud, por conducto del Consejo Ejecutivo, sobre la aplicación de la presente resolución.

Octava sesión plenaria, 21 de mayo de 2010
A63/VR/8